miércoles, 16 de septiembre de 2015
martes, 15 de septiembre de 2015
SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
MEMO No. 067-2015-DGAL
PARA : JULIO CHANG JUÁREZ
PRESIDENTE
DEL : RAÚL CÁCERES ESPINOZA
DIRECTOR DE GESTIÓN Y ASUNTOS LEGALES
VÍA : JORGE BALUARTE VERA
SECRETARIO GENERAL
ASUNTO : SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS
REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
FECHA : CALLAO, 31 DE AGOSTO 2015
Me dirijo a Ud. Sr.
Presidente, a fin que tenga a bien, solicitar a nuestra Asesora Legal, Dra.
Gladys Murillo Palomino, si el Código Civil, el Código Procesal Civil, la
Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional,
consideran sanciones civiles y penales, a personas que tienen en la
Administración Pública, la facultad de otorgar y administrar el derecho a las
pensiones de sobrevivencia o alimentos; y que su gestión, deliberadamente impide
acceder a los derechos que la ley otorga, con actos administrativos contrarios
a los debidos procesos administrativos y judiciales, con argumentos que dilaten
el otorgamiento de las pensiones o entorpecen con supuestos recursos legales,
en apelaciones que no son admitidos por el ente judicial.
La finalidad de esta
solicitud, no es la de una denuncia ante la Defensoría del Pueblo, sino
elaborar una NORMA LEGAL, que
obligue a estos funcionarios, dar fiel cumplimiento al trato preferencial DEL ADULTO MAYOR, estableciendo
los parámetros legales en que no halla abuso del administrador, ni engaño del
solicitante o administrado.
Por la caótica situación
administrativa de la ONP se agudiza a un mas con la política de los
funcionarios responsables de la administración de las pensiones, estableciendo,
deliberadamente una política de obstrucción e impedimento del reconocimiento de
los beneficios pensionarios, contratando a costosos estudios de Abogados y que
su único fin es impedir y dilatar el bienestar del pensionista, contraviniendo
la Ética Profesional del Derecho, como lo cita la Sentencia del Tribunal
Constitucional en su Resolución del 24 marzo del 2010, expediente Nº
0551-PA/TC, en que MULTA a
los abogados de la ONP por prácticas de obstrucción a los procesos judiciales
que demandan los pensionistas.
La Defensoría del Pueblo, en
su informe Nº 135 del mes de julio del 2005, RECOMIENDA a la Contraloría General de la República, INVESTIGUE a los funcionarios
responsables de éstas malas prácticas administrativas y se de las sanciones de
acuerdo a ley.
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