miércoles, 18 de noviembre de 2015
JULIO CHANG JUAREZ FUE ELECTO PARA UN NUEVO PERIODO
La Asociación de Cesantes y Jubilados de la Empresa Nacional de Puertos "ACJENAPU" realizó elecciones para el periodo 2015 - 2017, el proceso electoral se llevó a cabo en las instalaciones de la Casa Club de ENAPU en la Av. Santa Rosa Nº 301 - La Perla.
Al promediar las 9 de la mañana se inicio el proceso electoral y desde tempranas horas los socios se dieron cita para cumplir con su deber cívico.
A las 4 de la tarde se cerraron las votaciones y se dio inicio al escrutinio.
El Presidente del Comité Electoral Eduardo Calderón Romero proclamo a la Lista Nº 1 que preside el Señor Julio Chang Juarez, como ganadora del proceso electoral.
En los próximos días se estará llevando a cabo la ceremonia de juramentación e instalación de la flamante Junta Directiva.
Todo este proceso electoral se llevo a cabo con toda normalidad.
martes, 20 de octubre de 2015
lunes, 19 de octubre de 2015
miércoles, 16 de septiembre de 2015
martes, 15 de septiembre de 2015
SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
MEMO No. 067-2015-DGAL
PARA : JULIO CHANG JUÁREZ
PRESIDENTE
DEL : RAÚL CÁCERES ESPINOZA
DIRECTOR DE GESTIÓN Y ASUNTOS LEGALES
VÍA : JORGE BALUARTE VERA
SECRETARIO GENERAL
ASUNTO : SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS
REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
FECHA : CALLAO, 31 DE AGOSTO 2015
Me dirijo a Ud. Sr.
Presidente, a fin que tenga a bien, solicitar a nuestra Asesora Legal, Dra.
Gladys Murillo Palomino, si el Código Civil, el Código Procesal Civil, la
Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional,
consideran sanciones civiles y penales, a personas que tienen en la
Administración Pública, la facultad de otorgar y administrar el derecho a las
pensiones de sobrevivencia o alimentos; y que su gestión, deliberadamente impide
acceder a los derechos que la ley otorga, con actos administrativos contrarios
a los debidos procesos administrativos y judiciales, con argumentos que dilaten
el otorgamiento de las pensiones o entorpecen con supuestos recursos legales,
en apelaciones que no son admitidos por el ente judicial.
La finalidad de esta
solicitud, no es la de una denuncia ante la Defensoría del Pueblo, sino
elaborar una NORMA LEGAL, que
obligue a estos funcionarios, dar fiel cumplimiento al trato preferencial DEL ADULTO MAYOR, estableciendo
los parámetros legales en que no halla abuso del administrador, ni engaño del
solicitante o administrado.
Por la caótica situación
administrativa de la ONP se agudiza a un mas con la política de los
funcionarios responsables de la administración de las pensiones, estableciendo,
deliberadamente una política de obstrucción e impedimento del reconocimiento de
los beneficios pensionarios, contratando a costosos estudios de Abogados y que
su único fin es impedir y dilatar el bienestar del pensionista, contraviniendo
la Ética Profesional del Derecho, como lo cita la Sentencia del Tribunal
Constitucional en su Resolución del 24 marzo del 2010, expediente Nº
0551-PA/TC, en que MULTA a
los abogados de la ONP por prácticas de obstrucción a los procesos judiciales
que demandan los pensionistas.
La Defensoría del Pueblo, en
su informe Nº 135 del mes de julio del 2005, RECOMIENDA a la Contraloría General de la República, INVESTIGUE a los funcionarios
responsables de éstas malas prácticas administrativas y se de las sanciones de
acuerdo a ley.
martes, 7 de julio de 2015
COMUNICADO
Nº 004 -2015/ACJENAPU S.A.
Callao, 30 de
Junio del 2015
1.- PARA LOS HEREDEROS DEL 1ER. GRUPO DE LOS 3 DECRETOS DE URGENCIA.
2.- PARA LOS INTEGRANTES DEL 2DO. – 3ER Y 4TO.
GRUPO DE LOS 3 DECRETOS DE URGENCIA.
Con fecha 22 de Junio del 2015, en el Local Social
de la Casa Club de ENAPU, se realizó la Asamblea General Extraordinaria, que
contó con la presencia de más de 400 Asociadas y Asociados del 1er. Grupo, que
concurrieron para escuchar el Informe Judicial que daría nuestro Abogado
Patrocinante sobre el avance en Ejecución de Sentencia de nuestra Demanda de
los tres (3) Decretos de Urgencia contra la ONP.
Como es de su amplio conocimiento, lamentablemente
en el trayecto del debido proceso de nuestra DEMANDA JUDICIAL, han fallecido 198 Asociados participantes
de nuestra Demanda Judicial de los
tres 3 Decretos de Urgencia, siendo la esposa su primera heredera, y a falta de ella, los Hijos o familiares de los Asociados
fallecidos, los que han heredado el Derecho de recibir y cobrar todos
los Beneficios económicos, que como herederos del socio titular fallecido,
están obligados a participar en todas las Acciones Judiciales por el derecho
que será recibido por Sucesión Procesal Judicial.
Por tal motivo, se les invita concurrir a la Reunión Informativa que se realizará con
fecha 10 de Julio 2015 a Horas 10.00 A.M., en el Local Social de la Casa Club de ENAPU, cito en Av. Santa Rosa Nº 301
– La Perla – Callao.
Asimismo, se invita a todos los Integrantes del 2do., 3er., y 4to. Grupo de las Demandas de los
tres (3) Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y 011-99, para recibir información
sobre el avance de sus procesos judiciales.
Se
ruega puntual asistencia.
La Junta Directiva.
viernes, 12 de junio de 2015
COMUNICADO Nº 001-2015/ACJENAPU
S.A.
Callao, 10 de Junio
del 2015
Apreciadas
Asociadas y Asociados:
Anteponiendo mis mejores saludos para todas y cada
una de las Asociadas y Asociados de nuestra Institución, me complace dirigirles
este mensaje de confianza y fe, teniendo como fondo especial, darles a conocer
nuestras gestiones Judiciales y Administrativas, que con opinión favorable de
nuestro Abogado Patrocinante y el pleno de nuestra Junta Directiva, les informo
lo siguiente:
I. GESTIONES JUDICIALES:
1.- Respetables Amigos Asociados somos
conscientes de la gran preocupación que existe entre los integrantes del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia,
por la demora que estamos pasando para que se haga efectivo el “reintegro y pago de nuestros devengados
e intereses”, por la Demanda Judicial que hemos ganado los integrantes del 1er. Grupo de los 3
Decretos de Urgencia, gracias a la sapiencia jurídica de nuestro Abogado Patrocinante, en todas
las instancias del proceso, en el Poder Judicial y que se encuentra en Ejecución de Sentencia.
2.- Para su tranquilidad queremos informales
que con Resolución Nº 106 del
diez de Abril del Dos Mil Quince, emitida por el 13º Juzgado Contencioso
Administrativo Permanente de Lima, dispone que la Ejecución de la Sentencia, para nosotros los demandantes del
Terminal Portuario del Callao
se realice sobre la base de las liquidaciones individuales que de los montos que venimos percibiendo desde el
mes de Febrero del año 2011, en cumplimiento de la MEDIDA CAUTELAR, que estamos cobrando mucho antes de la
expedición del Decreto Supremo Nº
162-2012-EF, que nos transfirió a la ONP.
3.- Asimismo aprecia la Jueza, que a través de la
ejecución de sentencia realizada en su momento por ENAPU S.A. de la Medida Cautelar sobre el FONDO a través de las
Liquidaciones y Planillas, quedaron establecidas
las Pensiones mensuales con el incremento del 16% por las Bonificaciones de los
D.U. 090-96, 073-97 y 011-99, que venimos percibiendo los integrantes del 1er.
Grupo de la ACJENAPU – Callao desde el mes de Febrero del 2011, por lo
que únicamente se encontraría pendiente la Ejecución
de la Sentencia, con respecto al monto de los devengados e intereses
legales que nos corresponden, actuación que deberá realizar la ONP a partir de
los montos que ya venimos percibiendo
los miembros del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia.
4.- Por
estas consideraciones el Juzgado ha Resuelto:
Ordenar a la Oficina de Normalización
Previsional que en un plazo de 30 días cumpla con efectuar las liquidaciones individuales de los
DEVENGADOS e Intereses Legales (no capitalizables) correspondientes a favor de los integrantes del 1er.
Grupo de la ACJENAPU – Callao, en cumplimiento de la Sentencia Ejecutoriada.
5.- Asimismo,
ordena a la Oficina de Normalización
Previsional – ONP que en el plazo de 30 días efectúe las Liquidaciones
Individuales con inclusión de los 3
Decretos de Urgencia desde su fecha respectiva, los devengados e
intereses legales correspondientes a
favor de los integrantes de la ACJENAPU – Terminal Portuario de Salaverry.
6.- Dispone
asimismo, que la presente Resolución Judicial
Nº 106, sea cumplida por los Funcionarios responsables:
Diego
Alejandro Arrieta Elguera – Jefe de la Oficina Normalización Previsional – ONP.
Carlos
Miguel Puga Pomareda – Gerente General
de la ONP.
Milusca
Gil Ramón – Directora de Asesoría Jurídica de la ONP.
Mario
Enrique Zapater Llosa – Director de Prestaciones de la ONP.
Martín
Tovar Gutiérrez – Encargado de Asuntos Judiciales de la ONP.
Indicándoles
que su incumplimiento les genera responsabilidades Penales, Administrativas y Civiles.
7.- Tenemos información que la ONP, ha presentado Recurso de Apelación, la que fue
concedida SIN EFECTO SUSPENSIVO,
esto quiere decir que la Oficina de
Normalización Previsional – ONP, está obligada a realizar y presentar las Liquidaciones
de los Devengados e Intereses Legales en el plazo legal de 30 días.
8.- Nuestro Abogado Patrocinante nos informará
los últimos trámites de nuestra Demanda en la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo el Día: Lunes 22.06.2015 a Horas 10.00 A.M.,
en el Local Social de la Casa Club de
ENAPU. Se recomienda a los Asociados integrantes del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia
no faltar a dicha Asamblea.
I.
GESTIONES
ADMINISTRATIVAS:
A
continuación pasaremos a informales las principales gestiones Administrativas
que la Junta Directiva, en su preocupación por darle solución a los problemas
que injustamente vienen atravesando las señoras Viudas que cobran el 50% de su
pensión, como consecuencia de la equivocada Modificación de la Reforma Constitucional que se realizó
durante el Gobierno del Sr. Alejandro Toledo Manrique; asimismo estamos gestionando
ante el Congreso y las principales autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y la Oficina de Normalización Previsional –
ONP que tienen que ver con el FONAPHU
y el FONAVI, para buscar la
solución a los problemas que afectan económicamente a nuestros Asociados, por
tales motivos les informamos lo siguiente:
1.-
Proyecto
de Ley Nº 3983-2014-CR. Pensión de Viudez al 100%:
Como
es de su conocimiento, con fecha 07 de Octubre del 2014, hicimos llegar nuestro
saludo y agradecimiento al Congresista
de la República Sr. Manuel Salvador Zerillo Bazalar, por haber
presentado el Proyecto de Ley
que se menciona, que permitirá a todas nuestras Viudas, que desde el 01 Enero
del año 2005 cobran el 50% de Pensión de Viudez, recuperar y poder cobrar el
100% de la Pensión de Viudez que por derecho les corresponde.
Asimismo que las
viudas de las Entidades y Empresas Públicas del Estado, también recuperen el
100% de su Pensión de Viudez, repito que por igualdad de derechos deben cobrar.
2.- Bajo
este contexto, reiteramos nuestra felicitación y agradecimiento al Señor Congresista Zerillo Bazalar,
que nos brindó su total apoyo al presentar con fecha 13 de Noviembre del 2014,
el Proyecto de Ley a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso,
así como a todos los amigos de las Organizaciones de la Ley 20530 que están
respaldando y efectuando un trabajo de incidencia Política, en todas las
instancias hasta lograr que este Proyecto
de Ley obtenga su aprobación 1ro. en la Comisión Trabajo y Seguridad
Social y después en el Pleno del Congreso de la República.
3.- Carta
Oficio dirigida al Sr. Alfonso Segura Vasi – Ministro de Economía y Finanzas (MEF) como Presidente
del FONAPHU:
Con la exclusiva
finalidad de que nuestros hermanos Pensionistas NO NIVELADOS Asociados de ACJENAPU, que cobran menos de S/.
1,000.00 (Un Mil Nuevos Soles), reciban los beneficios del FONAPHU, hemos
dirigido el Oficio Nº 018-2015, de
fecha 30.04.2015, al titular del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF,
solicitándole que a todos los Pensionistas de la Ley 20530 NO NIVELADOS, se les otorgue el Beneficio Económico que de acuerdo
a Ley del FONAPHU les corresponde y reciban este beneficio como Pensionistas
del D. Ley 20530, así como lo cobran los Pensionistas de la Ley 19990.
4.- Con mucho entusiasmo podemos informarles a
nuestros Asociados NO NIVELADOS, que
con Oficio Nº 1644-2015-EF/13.01, de fecha 07.05.2015, hemos sido contestados
por el MEF, ordenando que
nuestro pedido, vía Secretaría ha sido trasladado con Oficio Nº 1642-2015-EF/13.01,
de fecha 05.05.2015, a las Oficinas de la ONP para que esta Institución, tome
conocimiento de acuerdo a los fines de lo solicitado.
5.-
Solicitamos
Devolución y entrega de lo Depositado y Aportado al FONAVI desde del
año 1979 hasta el año 1991 como Pensionistas del D.L. 20530.
Con Oficio Nº
024-2015/ACJENAPU, de fecha 22.05.2015, dirigido al Sr. Edgar Roberto Cortez Gálvez – Presidente de la Comisión AD-HOC
de la Comisión Multisectorial,
y representante del Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF), le solicitamos
a nombre de todos los Asociados Ex –
Trabajadores de la Empresa Nacional de Puertos que interceda a nuestro
favor, ordenándose a la ONP la DEVOLUCIÓN
de todos los aportes que fueron descontados de nuestras remuneraciones desde el
mes de Junio de 1979, incluyéndose los aportes que realizó nuestro Empleador, más los intereses legales
hasta la fecha. Lo solicitado lo realizamos al amparo de lo estipulado en el
Art. 1º de la Ley 29625, sobre
DEVOLUCIÓN DE DINERO DEL FONAVI.
6.- Asimismo, las Sras. Viudas, hijos o
familiares también están facultados por la Ley
del FONAVI para reclamar este mismo derecho; que lo obtienen por “Sucesión Procesal”, Este
derecho es de todas las Viudas, en ausencia de estas, les toca a los hijos o
familiares directos. La Junta Directiva acordó en Sesión de Junta Directiva,
proporcionar la orientación necesaria para que a todos nuestros asociados con DERECHO AL FONAVI, puedan ser
incluidos en las listas de la
Devolución, de lo aportado al Fonavi.
7.- Sobre este mismo problema hemos recurrido
con Carta Nº 032-2015, de fecha 15.04.2015 AL Sr. Andrés Alcántara Llanos – Presidente de la Asociación Nacional de
Fonavistas de los Pueblos del Perú, solicitándole también su intermediación
priorizada para que todos nuestros Asociados con Derecho al Fonavi, puedan
recibir en vida la devolución de todo el dinero aportado durante el ciclo
laboral, como Ex - Trabajadores de ENAPU S.A.
Con
mayor amplitud les comunicamos que en nuestro Blog Institucional, estamos dando
a conocer minuciosamente todas las gestiones Administrativas y Judiciales,
invitándolos a visitar nuestra Página informativa del Sistema informático.
La
Junta Directiva.
COMUNICADO N° 002 – 2015/ACJENAPU
ESTIMADOS AMIGAS Y AMIGOS ASOCIADOS:
DE
CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 19 – INCISO E), DE NUESTRO ESTATUTO, SE
CONVOCA A ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA, PARA EL DÍA
22 DE
JUNIO
DEL 2015, PARA TRATAR LA SIGUIENTE AGENDA:
A)
INFORME DE NUESTRO ABOGADO
PATROCINANTE, SOBRE AVANCE DEL PROCESO EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL 1ER. GRUPO
DE LOS TRES DECRETOS DE URGENCIA (16%).
CITACIÓN:
1RA.
CITACIÓN 09:00 A.M.
2DA. CITACIÓN 10:00
A.M.
LUGAR:
CASA CLUB DE ENAPU - SITO EN LA
AV. SANTA ROSA No. 301 - LA PERLA -CALLAO.
CALLAO, 08
DE JUNIO DEL
2015.
LA JUNTA DIRECTIVA.
La Junta Directiva y el Consejo de Vigilancia de la Asociación de
Cesantes y Jubilados de la Empresa Nacional de Puertos, tiene a bien dirigirse
a todos y cada uno de nuestros Asociados, que como Jefes de familia celebremos
el DÍA DEL PADRE, en el
tercer Domingo de este mes de Junio. La Asociación ACJENAPU, recuerda y
reconoce la entrega del Padre de familia que ha dejado la mayor y mejor parte
de su existencia en el trabajo Portuario, para el logro y bienestar de su
familia y que hoy que ha llegado a la plenitud de su vida, solo desea tener el
amor de su esposa, hijos y nietos, realizados y unidos por el amor familiar.
Son los mejores
deseos de sus amigos de la Directiva de ACJENAPU.
lunes, 6 de abril de 2015
“AVISO URGENTE”
A TODOS LOS INTEGRANTES
DEL 3ER. GRUPO DEL 16%
(3 DECRETOS
DE URGENCIA)
LA JUEZ ESTA SOLICITANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
· 01 COPIA DE LA RESOLUCIÓN GERENCIAL
DE CESE, VIUDEZ U ORFANDAD (CUAL FUERA EL CASO).
· 01 COPIA DE LAS BOLETAS DE PAGO DE
LOS AÑOS:
1995, 1996, 1999, 2014 Y 2015. (UNA BOLETA POR AÑO, DE CUALQUIER
MES).
ESTO ES URGENTÍSIMO!!!!!!!
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA
ACJENAPU
CALLAO,
06 DE ABRIL DEL 2015.
lunes, 16 de febrero de 2015
MEMORIA
MEMORIA
ACUÉRDATE, OH MISERICORDIOSISIMA
VIRGEN DE GUADALUPE,
QUE NINGUNO DE LOS
QUE HAN ACUDIDO A TU PROTECCIÓN,
IMPLORANDO TU SOCORRO
HA SIDO ABANDONADO POR TI.
ANIMADO CON ESTA CONFIANZA A TI ACUDO,
OH VIRGEN MADRE Y AUNQUE GIMIENDO BAJO
EL PESO DE MIS PECADOS, ME ATREVO A
COMPARECER ANTE TU PRESENCIA SOBERANA.
NO DESECHES OH MADRE DE DIOS!
MIS HUMILDES SUPLICAS,
ANTES BIEN INCLINA A ELLAS TUS OÍDOS Y
DÍGNATE ATENDERLAS FAVORABLEMENTE.
AMÉN
Suscribirse a:
Entradas (Atom)