miércoles, 18 de noviembre de 2015

ACJENAPU CELEBRA 29 ANIVERSARIO CON CEREMONIA DE JURAMENTACION


JULIO CHANG JUAREZ FUE ELECTO PARA UN NUEVO PERIODO

La Asociación de Cesantes y Jubilados de la Empresa Nacional de Puertos "ACJENAPU" realizó elecciones para el periodo 2015 - 2017, el proceso electoral se llevó a cabo en las instalaciones de la Casa Club de ENAPU en la Av. Santa Rosa Nº 301 - La Perla.
Al promediar las 9 de la mañana se inicio el proceso electoral y desde tempranas horas los socios se dieron cita para cumplir con su deber cívico.
A las 4 de la tarde se cerraron las votaciones y se dio inicio al escrutinio. 
El Presidente del Comité Electoral Eduardo Calderón Romero proclamo a la Lista Nº 1 que preside el Señor Julio Chang Juarez, como ganadora del proceso electoral. 
En los próximos días se estará llevando a cabo la ceremonia de juramentación e instalación de la flamante Junta Directiva.
Todo este proceso electoral se llevo a cabo con toda normalidad.
El Señor Julio Chang Juarez agradeció a los Señores Socios por haberle renovado su confianza para dirigir esta institución, para un nuevo periodo.









CONVOCATORIA A ELECCIONES GENERALES 2015 - 2017


martes, 15 de septiembre de 2015

SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL

MEMO  No.  067-2015-DGAL


PARA             :           JULIO CHANG JUÁREZ
                                   PRESIDENTE 

DEL                :           RAÚL  CÁCERES  ESPINOZA
                             DIRECTOR  DE  GESTIÓN  Y  ASUNTOS  LEGALES 

VÍA                 :           JORGE  BALUARTE  VERA
                                   SECRETARIO  GENERAL

ASUNTO        :           SANCIÓN CIVIL Y PENAL A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
                         
FECHA           :           CALLAO,  31  DE  AGOSTO  2015


Me dirijo a Ud. Sr. Presidente, a fin que tenga a bien, solicitar a nuestra Asesora Legal, Dra. Gladys Murillo Palomino, si el Código Civil, el Código Procesal Civil, la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional, consideran sanciones civiles y penales, a personas que tienen en la Administración Pública, la facultad de otorgar y administrar el derecho a las pensiones de sobrevivencia o alimentos; y que su gestión, deliberadamente impide acceder a los derechos que la ley otorga, con actos administrativos contrarios a los debidos procesos administrativos y judiciales, con argumentos que dilaten el otorgamiento de las pensiones o entorpecen con supuestos recursos legales, en apelaciones que no son admitidos por el ente judicial.

La finalidad de esta solicitud, no es la de una denuncia ante la Defensoría del Pueblo, sino elaborar una NORMA LEGAL, que obligue a estos funcionarios, dar fiel cumplimiento al trato preferencial DEL ADULTO MAYOR, estableciendo los parámetros legales en que no halla abuso del administrador, ni engaño del solicitante o administrado.

Por la caótica situación administrativa de la ONP se agudiza a un mas con la política de los funcionarios responsables de la administración de las pensiones, estableciendo, deliberadamente una política de obstrucción e impedimento del reconocimiento de los beneficios pensionarios, contratando a costosos estudios de Abogados y que su único fin es impedir y dilatar el bienestar del pensionista, contraviniendo la Ética Profesional del Derecho, como lo cita la Sentencia del Tribunal Constitucional en su Resolución del 24 marzo del 2010, expediente Nº 0551-PA/TC, en que MULTA a los abogados de la ONP por prácticas de obstrucción a los procesos judiciales que demandan los pensionistas.    

La Defensoría del Pueblo, en su informe Nº 135 del mes de julio del 2005, RECOMIENDA a la Contraloría General de la República, INVESTIGUE a los funcionarios responsables de éstas malas prácticas administrativas y se de las sanciones de acuerdo a ley.




martes, 7 de julio de 2015



COMUNICADO Nº 004 -2015/ACJENAPU S.A.

Callao, 30  de  Junio del  2015

1.-  PARA LOS HEREDEROS DEL 1ER. GRUPO DE LOS 3 DECRETOS DE URGENCIA.

2.-  PARA LOS INTEGRANTES DEL 2DO. – 3ER Y 4TO. GRUPO DE LOS 3 DECRETOS DE URGENCIA.

Con fecha 22 de Junio del 2015, en el Local Social de la Casa Club de ENAPU, se realizó  la Asamblea General Extraordinaria, que contó con la presencia de más de 400  Asociadas y Asociados del 1er. Grupo, que concurrieron para escuchar el Informe Judicial que daría nuestro Abogado Patrocinante sobre el avance en Ejecución de Sentencia de nuestra Demanda de los tres (3) Decretos de Urgencia contra la ONP.

Como es de su amplio conocimiento, lamentablemente en el trayecto del debido proceso de nuestra DEMANDA JUDICIAL, han fallecido 198 Asociados participantes de nuestra Demanda Judicial de los tres 3 Decretos de Urgencia, siendo la esposa su primera heredera, y a falta de ella, los Hijos o familiares de los Asociados fallecidos, los que han heredado el Derecho de recibir y cobrar todos los Beneficios económicos, que como herederos del socio titular fallecido, están obligados a participar en todas las Acciones Judiciales por el derecho que será recibido por Sucesión Procesal Judicial.

Por tal motivo, se les invita concurrir a la Reunión Informativa que se realizará con fecha 10 de Julio 2015 a Horas 10.00 A.M., en el Local Social de la Casa Club de ENAPU, cito en Av. Santa Rosa Nº 301 – La Perla – Callao.

Asimismo, se invita a todos los Integrantes del 2do., 3er., y 4to. Grupo de las Demandas de los tres (3) Decretos de Urgencia 090-96, 073-97 y 011-99, para recibir información sobre el avance de sus procesos judiciales.

Se ruega puntual asistencia.

La Junta Directiva.

viernes, 12 de junio de 2015


COMUNICADO Nº 001-2015/ACJENAPU S.A.

Callao, 10  de  Junio del  2015
Apreciadas Asociadas y Asociados:

Anteponiendo mis mejores saludos para todas y cada una de las Asociadas y Asociados de nuestra Institución, me complace dirigirles este mensaje de confianza y fe, teniendo como fondo especial, darles a conocer nuestras gestiones Judiciales y Administrativas, que con opinión favorable de nuestro Abogado Patrocinante y el pleno de nuestra Junta Directiva, les informo lo siguiente:

I.              GESTIONES  JUDICIALES:

1.-     Respetables Amigos Asociados somos conscientes de la gran preocupación que existe entre los integrantes del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia, por la demora que estamos pasando para que se haga efectivo el “reintegro y pago de nuestros devengados e intereses”, por la Demanda Judicial que hemos ganado los integrantes del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia, gracias a la sapiencia jurídica de nuestro Abogado Patrocinante, en todas las instancias del proceso, en el Poder Judicial y que se encuentra en Ejecución de Sentencia.
 2.-     Para su tranquilidad queremos informales que con Resolución Nº 106 del diez de Abril del Dos Mil Quince, emitida por el 13º Juzgado Contencioso Administrativo Permanente de Lima, dispone que la Ejecución de la Sentencia, para nosotros los demandantes del Terminal Portuario del Callao se realice sobre la base de las liquidaciones individuales que de los montos que venimos percibiendo desde el mes de Febrero del año 2011, en cumplimiento de la MEDIDA CAUTELAR, que estamos cobrando mucho antes de la expedición del Decreto Supremo Nº 162-2012-EF, que nos transfirió a la ONP.
3.-    Asimismo aprecia la Jueza, que a través de la ejecución de sentencia realizada en su momento por ENAPU S.A. de la Medida Cautelar sobre el FONDO a través de las Liquidaciones y Planillas, quedaron establecidas las Pensiones mensuales con el incremento del 16% por las Bonificaciones de los D.U. 090-96, 073-97 y 011-99, que venimos percibiendo los integrantes del 1er. Grupo de la ACJENAPU – Callao desde el mes de Febrero del 2011, por lo que únicamente se encontraría pendiente la Ejecución de la Sentencia, con respecto al monto de los devengados e intereses legales que nos corresponden, actuación que deberá realizar la ONP a partir de los montos que ya venimos percibiendo los miembros del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia.
4.-  Por estas consideraciones el Juzgado ha Resuelto: Ordenar a la Oficina de Normalización Previsional que en un plazo de 30 días cumpla con efectuar las liquidaciones individuales de los DEVENGADOS e Intereses Legales (no capitalizables) correspondientes a favor de los integrantes del 1er. Grupo de la ACJENAPU – Callao, en cumplimiento de la Sentencia Ejecutoriada.
5.-    Asimismo, ordena a la Oficina de Normalización Previsional – ONP que en el plazo de 30 días efectúe las Liquidaciones Individuales con inclusión de los 3 Decretos de Urgencia desde su fecha respectiva, los devengados e intereses legales correspondientes a favor de los integrantes de la ACJENAPU – Terminal Portuario de Salaverry.
6.-    Dispone asimismo, que la presente Resolución Judicial Nº 106, sea cumplida por los Funcionarios responsables:
Diego Alejandro Arrieta Elguera – Jefe de la Oficina Normalización Previsional – ONP.
Carlos Miguel Puga Pomareda – Gerente  General de la ONP.
Milusca Gil Ramón – Directora de Asesoría Jurídica de la ONP.
Mario Enrique Zapater Llosa – Director de Prestaciones de la ONP.
Martín Tovar Gutiérrez – Encargado de Asuntos Judiciales de la ONP.
Indicándoles que su incumplimiento les genera responsabilidades Penales, Administrativas y Civiles. 
7.-     Tenemos información que la ONP, ha presentado Recurso de Apelación, la que fue concedida SIN EFECTO SUSPENSIVO, esto quiere decir que la Oficina de Normalización Previsional – ONP, está obligada a realizar y presentar las Liquidaciones de los Devengados e Intereses Legales en el plazo legal de 30 días.
 
8.-     Nuestro Abogado Patrocinante nos informará los últimos trámites de nuestra Demanda en la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo el Día: Lunes 22.06.2015 a Horas 10.00 A.M., en el Local Social de la Casa Club de ENAPU. Se recomienda a los Asociados integrantes del 1er. Grupo de los 3 Decretos de Urgencia no faltar a dicha Asamblea.
I.                   GESTIONES  ADMINISTRATIVAS:
A continuación pasaremos a informales las principales gestiones Administrativas que la Junta Directiva, en su preocupación por darle solución a los problemas que injustamente vienen atravesando las señoras Viudas que cobran el 50% de su pensión, como consecuencia de la equivocada Modificación de la Reforma Constitucional que se realizó durante el Gobierno del Sr. Alejandro Toledo Manrique; asimismo estamos gestionando ante el Congreso y las principales autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF y la Oficina de Normalización Previsional – ONP que tienen que ver con el FONAPHU y el FONAVI, para buscar la solución a los problemas que afectan económicamente a nuestros Asociados, por tales motivos les informamos lo siguiente:
 
1.-     Proyecto de Ley Nº 3983-2014-CR. Pensión de Viudez al 100%:
Como es de su conocimiento, con fecha 07 de Octubre del 2014, hicimos llegar nuestro saludo y agradecimiento al Congresista de la República Sr. Manuel Salvador Zerillo Bazalar, por haber presentado el Proyecto de Ley que se menciona, que permitirá a todas nuestras Viudas, que desde el 01 Enero del año 2005 cobran el 50% de Pensión de Viudez, recuperar y poder cobrar el 100% de la Pensión de Viudez que por derecho les corresponde.
Asimismo que las viudas de las Entidades y Empresas Públicas del Estado, también recuperen el 100% de su Pensión de Viudez, repito que por igualdad de derechos deben cobrar.   
2.-   Bajo este contexto, reiteramos nuestra felicitación y agradecimiento al Señor Congresista Zerillo Bazalar, que nos brindó su total apoyo al presentar con fecha 13 de Noviembre del 2014, el Proyecto de Ley a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso, así como a todos los amigos de las Organizaciones de la Ley 20530 que están respaldando y efectuando un trabajo de incidencia Política, en todas las instancias hasta lograr que este Proyecto de Ley obtenga su aprobación 1ro. en la Comisión Trabajo y Seguridad Social y después en el Pleno del Congreso de la República.
3.-   Carta Oficio dirigida al Sr. Alfonso Segura Vasi – Ministro  de Economía y Finanzas (MEF) como Presidente del FONAPHU:
         Con la exclusiva finalidad de que nuestros hermanos Pensionistas NO NIVELADOS Asociados de ACJENAPU, que cobran menos de S/. 1,000.00 (Un Mil Nuevos Soles), reciban los beneficios del FONAPHU, hemos dirigido el Oficio Nº 018-2015, de fecha 30.04.2015, al titular del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, solicitándole que a todos los Pensionistas de la Ley 20530 NO NIVELADOS, se les otorgue el Beneficio Económico que de acuerdo a Ley del FONAPHU les corresponde y reciban este beneficio como Pensionistas del D. Ley 20530, así como lo cobran los Pensionistas de la Ley 19990.    
4.-     Con mucho entusiasmo podemos informarles a nuestros Asociados NO NIVELADOS, que con Oficio Nº 1644-2015-EF/13.01, de fecha 07.05.2015, hemos sido contestados por el MEF, ordenando que nuestro pedido, vía Secretaría ha sido trasladado con Oficio Nº 1642-2015-EF/13.01, de fecha 05.05.2015, a las Oficinas de la ONP para que esta Institución, tome conocimiento de acuerdo a los fines de lo solicitado.
5.-    Solicitamos Devolución y entrega de lo Depositado y Aportado al FONAVI desde del año 1979 hasta el año 1991 como Pensionistas del D.L. 20530.
         Con Oficio Nº 024-2015/ACJENAPU, de fecha 22.05.2015, dirigido al Sr. Edgar Roberto Cortez Gálvez – Presidente de la Comisión AD-HOC de la Comisión Multisectorial, y representante del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), le solicitamos a nombre de todos los Asociados Ex – Trabajadores de la Empresa Nacional de Puertos que interceda a nuestro favor, ordenándose a la ONP la DEVOLUCIÓN de todos los aportes que fueron descontados de nuestras remuneraciones desde el mes de Junio de 1979, incluyéndose los aportes que realizó nuestro Empleador, más los intereses legales hasta la fecha. Lo solicitado lo realizamos al amparo de lo estipulado en el Art. 1º de la Ley 29625, sobre DEVOLUCIÓN DE DINERO DEL FONAVI.
6.-    Asimismo, las Sras. Viudas, hijos o familiares también están facultados por la Ley del FONAVI para reclamar este mismo derecho; que lo obtienen por Sucesión Procesal, Este derecho es de todas las Viudas, en ausencia de estas, les toca a los hijos o familiares directos. La Junta Directiva acordó en Sesión de Junta Directiva, proporcionar la orientación necesaria para que a todos nuestros asociados con DERECHO AL FONAVI, puedan ser incluidos en las listas de la Devolución, de lo aportado al Fonavi.
7.-   Sobre este mismo problema hemos recurrido con Carta Nº 032-2015, de fecha 15.04.2015 AL Sr. Andrés Alcántara Llanos – Presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú, solicitándole también su intermediación priorizada para que todos nuestros Asociados con Derecho al Fonavi, puedan recibir en vida la devolución de todo el dinero aportado durante el ciclo laboral, como Ex - Trabajadores de ENAPU S.A.
         Con mayor amplitud les comunicamos que en nuestro Blog Institucional, estamos dando a conocer minuciosamente todas las gestiones Administrativas y Judiciales, invitándolos a visitar nuestra Página informativa del Sistema informático.
                                                                                                                                La Junta Directiva.
 
 
COMUNICADO  N° 002 – 2015/ACJENAPU
 
ESTIMADOS AMIGAS Y AMIGOS ASOCIADOS:
DE  CONFORMIDAD  CON  EL  ARTÍCULO 19 – INCISO E),  DE  NUESTRO  ESTATUTO, SE
CONVOCA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, PARA EL   DÍA 22  DE  JUNIO 
DEL  2015,  PARA TRATAR LA SIGUIENTE AGENDA:
 
A)    INFORME DE NUESTRO ABOGADO PATROCINANTE, SOBRE AVANCE DEL PROCESO EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL 1ER. GRUPO DE LOS TRES DECRETOS DE URGENCIA (16%). 
 
CITACIÓN:
                                   1RA. CITACIÓN                  09:00 A.M.
                                   2DA.  CITACIÓN                10:00 A.M.
LUGAR:
 
CASA CLUB DE ENAPU - SITO EN LA AV. SANTA ROSA No. 301 - LA PERLA -CALLAO.
                                                                                              CALLAO, 08  DE  JUNIO  DEL  2015.
                                                                                           LA JUNTA  DIRECTIVA. 
 
 
La Junta Directiva y el Consejo de Vigilancia de la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Empresa Nacional de Puertos, tiene a bien dirigirse a todos y cada uno de nuestros Asociados, que como Jefes de familia celebremos el    DÍA DEL PADRE, en el tercer Domingo de este mes de Junio. La Asociación ACJENAPU, recuerda y reconoce la entrega del Padre de familia que ha dejado la mayor y mejor parte de su existencia en el trabajo Portuario, para el logro y bienestar de su familia y que hoy que ha llegado a la plenitud de su vida, solo desea tener el amor de su esposa, hijos y nietos, realizados y unidos por el amor familiar.
Son los mejores deseos de sus amigos de la Directiva de ACJENAPU. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


 

lunes, 6 de abril de 2015




 
“AVISO   URGENTE”

 

A  TODOS  LOS  INTEGRANTES  DEL  3ER. GRUPO DEL 16%

(3 DECRETOS DE URGENCIA)

 

LA JUEZ ESTA SOLICITANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

 

·       01 COPIA DE LA RESOLUCIÓN GERENCIAL DE CESE, VIUDEZ U ORFANDAD (CUAL FUERA EL CASO).

·       01 COPIA DE LAS BOLETAS DE PAGO DE LOS AÑOS:

1995, 1996, 1999, 2014 Y 2015. (UNA BOLETA POR AÑO, DE CUALQUIER MES).

ESTO  ES  URGENTÍSIMO!!!!!!!

 

       LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ACJENAPU

                                                                                                              CALLAO, 06 DE ABRIL DEL 2015.

lunes, 16 de febrero de 2015

MEMORIA

 
 
 
MEMORIA
 
 
ACUÉRDATE,   OH   MISERICORDIOSISIMA
 
VIRGEN  DE  GUADALUPE,
 
QUE  NINGUNO  DE  LOS
 
QUE  HAN  ACUDIDO  A  TU  PROTECCIÓN,
 
IMPLORANDO  TU  SOCORRO
 
HA  SIDO  ABANDONADO  POR  TI.
 
ANIMADO   CON  ESTA  CONFIANZA  A  TI  ACUDO,
 
OH  VIRGEN  MADRE  Y  AUNQUE  GIMIENDO  BAJO
 
EL  PESO  DE  MIS  PECADOS,  ME  ATREVO  A 
 
COMPARECER  ANTE  TU  PRESENCIA  SOBERANA.
 
NO  DESECHES  OH  MADRE  DE  DIOS!
 
MIS  HUMILDES  SUPLICAS,
 
ANTES  BIEN  INCLINA  A  ELLAS  TUS  OÍDOS  Y
 
DÍGNATE  ATENDERLAS  FAVORABLEMENTE.
 
 
 
AMÉN

INFORMACIÓN SOBRE EL PADOMI