miércoles, 12 de octubre de 2011

EN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE LA LEY Nº27444, "LEY   DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO", SE PUBLICA LOS ACUERDOS TOMADOS POR LOS ASOCIADOS  DE "ACJENAPU"  EN  ASAMBLEA  GENERAL EXTRAORDINARIA ESTATUTARIA, REALIZADA EL 15/09/2011, QUE TUVO COMO PUNTOS DE AGENDA:
1.- MODIFICACIÓN  PARCIAL DEL ESTATUTO.
2.- OTORGAMIENTO DE FACULTADES.
 

ASAMBLEA  GENERAL  EXTRAORDINARIA  DE  LA  ASOCIACIÓN  DE  CESANTES  Y  JUBILADOS  DE  LA  EMPRESA  NACIONAL  DE  PUERTOS  S.A. – "ACJENAPU"
A los 15 días del mes de Setiembre del 2011, siendo horas 10.00 a.m., se reunieron en su sede social sito local ubicado en la Casa Club ENAPU, Av. Santa Rosa N° 301, La Perla - Callao, se reunieron los asociados de la ASOCIACION DE CESANTES Y JUBILADOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A. – ACJENAPU, bajo la convocatoria del Presidente inscrito de la Junta Directiva en los Registros Públicos don JULIO ENRIQUE CHANG JUAREZ y actuando como Secretario el Asociado ROBERTO HUAPAYA ROJAS, dejándose constancia que la convocatoria se realizó con la anticipación establecida en el Estatuto Institucional.

La presente Asamblea se lleva a cabo en segunda convocatoria y luego de constatarse el quórum reglamentario. El Señor Presidente dio por válida y legalmente constituida la presente Asamblea, aperturándose la misma.

AGENDA  SEGÚN  CONVOCATORIA:

1.- MODIFICACIÓN PARCIAL DE ESTATUTOS.
2.- OTORGAMIENTO DE FACULTADES.

DESARROLLO  DE  LA  AGENDA:

1.- MODIFICACIÓN  PARCIAL  DE  ESTATUTOS.

El Señor Presidente hizo uso de la palabra, manifestando que como es de conocimiento de todos los socios presentes y hacer de conocimiento que hay ciertos inconvenientes con los estatutos, por lo que se nombro una comisión que está integrada por los señores Carlos Lagrevere Contreras, Miguel Caldas Salazar, Jorge Eusebio Baluarte Vera y Esteban Nascimento Piro, elegidos el día 25 de Agosto del 2011, con la finalidad de efectuar la revisión y modificación parcial de Estatutos, pues nuestro estatuto tiene una existencia superior a los 20 años, de la misma manera se ha tomado en cuenta las recomendaciones dadas por la Sociedad de Auditores PAUCKAR, ROMERO & ASOCIADOS, como las observaciones planteadas por el Consejo de Vigilancia.

Por lo expuesto y en nombre de la Asociación se hace público el agradecimiento y reconocimiento a la Doctora Gladys Murillo, por su gran ayuda en la interpretación del Código Civil, así como a los integrantes de la Comisión, que sacrificando su tiempo en el hogar han participado activamente en este trabajo de Modificar algunos artículos de los Estatutos, que hoy presentamos a la Asamblea con la finalidad de que se apruebe la misma, por lo que procederemos a realizar la lectura de las mencionadas modificaciones de los artículos 34, 39, 43 Inc. H, y 59.

Invitándosele al Sr. Jorge Eusebio Baluarte Vera, para que proceda a dar lectura de los artículos objetos de la modificación:


REDACCION ACTUAL (ART. 34)
ARTICULO 34.- PARA LA RENOVACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA, SE DEBERÁ ELEGIR A LA COMISIÓN ELECTORAL, ENTRE EL 20 Y 23 DE OCTUBRE, DEBIENDO REALIZARSE LAS ELECCIONES ENTRE EL 16 Y 18 DE NOVIEMBRE DE CADA PERÍODO INSTITUCIONAL (DOS AÑOS) Y EL 24 DE ESTE MES DE NOVIEMBRE, JURAMENTARÁ E INSTALARÁ LA DIRECTIVA ELEGIDA, LA QUE DARÁ INICIO A SU GESTIÓN A PARTIR DE ÉSTA ULTIMA FECHA.
CUALQUIER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA PODRÁ SER REELEGIDO POR UN PERÍODO INSTITUCIONAL MÁS (DOS AÑOS) DESPUÉS TRENDRÁ QUE ESPERAR OTRO PERÍODO DIRIGENCIAL PARA VOLVER A POSTULAR.

MODIFICADO
ARTICULO 34.- PARA LA RENOVACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA, SE DEBERÁ ELEGIR A LA COMISIÓN ELECTORAL, ENTRE EL 20 Y 23 DE OCTUBRE, DEBIENDO REALIZARSE LAS ELECCIONES ENTRE EL 16 Y 18 DE NOVIEMBRE DE CADA PERÍODO INSTITUCIONAL (DOS AÑOS) Y EL 24 DE ESTE MES DE NOVIEMBRE, JURAMENTARÁ E INSTALARÁ LA DIRECTIVA ELEGIDA, LA QUE DARÁ INICIO A SU GESTIÓN A PARTIR DE ÉSTA ULTIMA FECHA.
LOS ASOCIADOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DEL CONSEJO DE VIGILANCIA PODRÁN SER REELEGIDOS POR PERÍODOS CONSECUTIVOS, SIN RESTRICCIÓN ALGUNA EN TODOS LOS PROCESOS ELECCIONARIOS CONVOCADOS POR EL COMITÉ ELECTORAL.

REDACCION ACTUAL (ART. 39)
ARTÍCULO 39.- EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA ES EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN CON LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES:
a).- Velar por el fiel cumplimiento de este estatuto y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General y la Junta Directiva.
b).- Convocar y presidir las Asamblea Generales y sesiones de Junta Directiva.
c).- Firmar con el Secretario la correspondencia oficial, las actas de sesiones de Junta Directiva y de Asambleas Generales y todas las Escrituras Públicas autorizadas por la Directiva, que no impliquen obligaciones de pago.
d).- Aperturar cuentas Bancarias con el Tesorero, girar, endosar, cancelar letras, firmar cheques, pagares y otros compromisos inherentes a la actividad económica de la Asociación.
e).- Firmar todos los documentos que impliquen obligaciones de pago y contratos, conjuntamente con el tesorero.
f).- Verificar y visar todos los Balances, ordenando su publicación a fin de que sean conocidos por los socios.
g).- Formular con el Tesorero el presupuesto Anual de la Asociación y los proyectos respectivos.
h).- Redactar la memoria anual.
i).- Firmar diplomas, tarjetas, libros, carnets, comunicaciones y todos los documentos que generen la Junta Directiva y/o Asamblea General.
j).- Resolver cualquier cosa urgente que se presente en la marcha administrativa de la Asociación, debiendo dar cuenta de ello a la Junta Directiva y Consejo de Vigilancia.
k).- Sancionar o suspender al empleado(a) o personal de servicio de la Asociación, debiendo dar cuenta de ello a la Junta Directiva y Consejo de Vigilancia.
l).- Proponer ante la Junta Directiva a los socios que deben conformar las comisiones de trabajo específicos.
m).- Asumir la responsabilidad solidaria con el Tesorero, respecto de los fondos que este administra y a los pagos que debe efectuar estarán firmados por ambos.
n).- Ejercer las demás atribuciones que este Estatuto le confiere y aquellas que no están fijadas expresamente, pero que derivan del cargo que desempeña.
ñ).- Firmar con los Directores, documentación por las funciones que realizan de acuerdo a sus cargos respectivos.

MODIFICADO
ARTICULO 39.- EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA ES EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN, CUMPLIENDO Y HACIENDO CUMPLIR FIELMENTE EL ESTATUTO SOCIAL Y SUS REGLAMENTOS INTERNOS, PARA LO CUAL ESTA INVESTIDO CON LAS FACULTADES CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 74 Y 75 DEL CÓDIGO CIVIL, ADEMAS DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES:
a).- Velar por el fiel cumplimiento de este estatuto y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General y la Junta Directiva.
b).- Convocar y presidir las Asamblea Generales y sesiones de Junta Directiva.
c).- Firmar con el Secretario la correspondencia oficial, las actas de sesiones de Junta Directiva y de Asambleas Generales y todas las Escrituras Públicas autorizadas por la Directiva, que no impliquen obligaciones de pago.
d).- Aperturar cuentas Bancarias con el Tesorero, girar, endosar, cancelar letras, firmar cheques, pagares y otros compromisos inherentes a la actividad económica de la Asociación.
e).- Firmar todos los documentos que impliquen obligaciones de pago y contratos, conjuntamente con el tesorero.
f).- Verificar y visar todos los Balances, ordenando su publicación a fin de que sean conocidos por los socios.
g).- Formular con el Tesorero el presupuesto Anual de la Asociación y los proyectos respectivos.
h).- Redactar la memoria anual.
i).- Firmar diplomas, tarjetas, libros, carnets, comunicaciones y todos los documentos que generen la Junta Directiva y/o Asamblea General.
j).- Resolver cualquier cosa urgente que se presente en la marcha administrativa de la Asociación, debiendo dar cuenta de ello a la Junta Directiva y Consejo de Vigilancia.
k).- Sancionar o suspender al empleado(a) o personal de servicio de la Asociación, debiendo dar cuenta de ello a la Junta Directiva y Consejo de Vigilancia.
l).- Proponer ante la Junta Directiva a los socios que deben conformar las comisiones de trabajo específicos.
m).- Asumir la responsabilidad solidaria con el Tesorero, respecto de los fondos que este administra y a los pagos que debe efectuar estarán firmados por ambos.
n).- Ejercer las demás atribuciones que este Estatuto le confiere y aquellas que no están fijadas expresamente, pero que derivan del cargo que desempeña.
ñ).- Firmar con los Directores, documentación por las funciones que realizan de acuerdo a sus cargos respectivos.

REDACCION ACTUAL (ART. 43, INC. “H”)
ARTÍCULO 43.- DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES, CORRESPONDEN AL TESORERO:
H).- LLEVAR AL DÍA EL LIBRO DE CAJA, DE INVENTARIO, ASENTADO EN EL LAS ADQUISICIONES QUE HUBIERA APROBADO LA JUNTA DIRECTIVA Y HACER SEMESTRALMENTE LOS CARGOS Y DESCARGOS CORRESPONDIENTES DE ACUERDO CON LAS ACTAS Y DEMAS COMPROBANTES.

MODIFICADO
ARTÍCULO 43.- DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES, CORRESPONDEN AL TESORERO:
H).- CONTROLAR Y SUPERVISAR AL PERSONAL DE CONTABILIDAD Y OTRO PERSONAL AFINES.

REDACCION ACTUAL (ART. 59)
ARTÍCULO 59.- EL MANDATO DE LA JUNTA DIRECTIVA ES DE DOS AÑOS, PERÍODO INSTITUCIONAL, PODRÁ POSTULAR A LA REELECCIÓN, ALGUNOS DE SUS MIEMBROS, SOLO, POR UN PERÍODO MAS, DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ART. 34 DE ESTE ESTATUTO.

MODIFICADO
ARTÍCULO 59.- EL MANDATO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y DEL CONSEJO DE VIGILANCIA ES DE DOS AÑOS, PERÍODO INSTITUCIONAL, Y PODRÁN SER REELEGIDOS DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 34 DEL ESTATUTO.

Modificación puesta a debate de los presentes, luego de un intercambio de ideas, se somete a votación para su aprobación, siendo aprobado por unanimidad de los presentes los artículos modificados y para que a su vez tengan vigencia después de su aprobación. Consecuentemente por unanimidad se dio por aprobada la vigencia de los artículos modificados.

3.- OTORGAMIENTO DE FACULTADES

Se le otorga poderes a los señores Don JULIO ENRIQUE CHANG JUAREZ, identificado con D.N.I. N° 25691496 y Don JOSE VICTOR WILFREDO CORONADO TORDOYA, identificado con D.N.I. N° 25490496, Para que pueda firmar la minuta y escritura pública correspondiente en representación de la asociación, como todo tipo de documento necesario para inscribir la presente en la Oficina Registral de Lima

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 12:30 p.m., se dio por culminada la Presente Asamblea, que en fe y señal de conformidad y ratificando cada uno de los puntos de la agenda en todos sus extremos como el contenido del Acta, se firma la misma.





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JULIO  E. CHANG JUAREZ                    ROBERTO HUAPAYA ROJAS
           Presidente                                                    Secretario General